El Agua Como Bien Común
los derechos de las generaciones futuras
Resumen
De conformidad a las normas incorporadas a la Constitución Argentina de 1994 el agua puede ser calificada como bien colectivo, lo que no es una novedad dada que la categoría existía en la legislación castellana. La idea de bienes colectivos había sido eliminada a partir de la codificación del siglo XIX, que produjo una privatización de lo común, e invisibilización jurídica de las cosas que por su naturaleza, tales como el sol, el agua o el ambiente no eran susceptibles de apropiación. La idea de bienes colectivos modifica la relación de poder entre los sujetos y tales bienes, dado que su titularidad pertenece no solamente a las generaciones actuales sino a las generaciones futuras que se erigen como sujetos de derecho reconocidos por la Constitución Nacional.
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